miércoles, 16 de mayo de 2018

El servicio de salud de la Universidad el Valle no está en crisis



El servicio de salud de la Universidad el Valle no está en crisis 
Vicerrectorías de Bienestar Universitario y Administrativa

1. El Servicio de salud

A. El Servicio de Salud de la Universidad del Valle (SSUV) es uno de los mejores de Colombia. Instituciones externas evalúan periódicamente la calidad del servicio a partir de los que dicen sus usuarios. Consecutivamente, lo han calificado de sobresaliente en una escala de 1 a 100, como se observa en la gráfica 1.

Gráfica 1. Calificación de los usuarios sobre la calidad de la prestación del SSUV


B. El SSUV tiene 6.105 usuarios entre cotizantes y beneficiarios de los cuales: 42% son jubilados y pensionados con sus familiares; 20% son docentes con sus familiares; 27% son empleados con sus familiares y 11% son trabajadores oficiales con sus familiares, como se observa en la gráfica 2.

Gráfica 2. Distribución de usuarios por estamentos 2017

C. Más del 45% de los usuarios son personas mayores de 60 años y 25% supera los 75, como se observa en la gráfica 3. Esto se explica por el acelerado proceso de envejecimiento de la población colombiana que hace que los usuarios del SSUV tengan una pirámide invertida, como se dice en términos demográficos.

Gráfica 3. Población por ciclo de vida



2. El estado de salud de los usuarios

Con el proceso de envejecimiento llegan las enfermedades. 1.612 usuarios son hipertensos, 492 son diabéticos, 117 padecen de cáncer, 1.155 de enfermedad mental y 7 padecen de las llamadas enfermedades huérfanas, como se observa en la gráfica 4.

Gráfica 4. Enfermedades de alto costo


900 personas que sufren de ncer, hipertensión, EPOC, (Enfermedad pulmonar obstructiva) y diabetes, entre otras enfermedades de alto costo, demandan 75% del presupuesto. Esto ha generado una presión presupuestal, que es el verdadero origen delficit.

3. El presupuesto y el verdadero déficit del SSUV
El presupuesto de gastos del 2017 fue de $28.135 millones. Al 31 de diciembre de 2017, los ingresos netos fueron de $26.728.598.863 y los egresos de $ 25.159.401.130. Por lo tanto, los ingresos fueron mayores que los egresos, con una diferencia a favor de $1.569.197.733. Durante la vigencia, la Universidad del Valle asumió $7.447.728.496 (aportes obligatorios de Ley 100); $3.117.280.514 aportes al Fondo de Seguridad Social en Salud a lo que hay que sumar $1.407.114.285 de las incapacidades (66,6% de Ley). La Universidad también aporta con el edificio donde opera el Servicio que, de alquilarse, como acontecía en el pasado, habría que pagar $500 millones anuales. Es decir, la Universidad aportó el año pasado, incluyendo las obligaciones de Ley, al funcionamiento del SSUV cerca de $12.000 millones.

Para atender a sus usuarios, el SSUV ha contratado a una amplia red de clínicas, hospitales, especialistas, centros ambulatorios de atención, diagnóstico y atención. El Servició pagó en el 2017, $19.171.598.160 (76%) a 355 proveedores. El mayor costo estuvo en hospitalización, medicamentos, atenciones ambulatorias y de urgencias. Mientras los pagos a la Clínica Valle del Lili y al Centro Médico Imbanaco estuvieron por el orden de los $5.000 millones, al Hospital Universitario del Valle solo se le pagaron 112 millones. La nómina de nombrados fue

$4.784.657.387 a lo que hay que sumar $368.217.646 por contratistas y $215.145.436 por monitorías. Es decir, la nómina total representa 33%, una proporción relativamente baja, si se copara con otras entidades del mismo tipo.

El SSUV tiene un déficit operacional acumulado de $4.456 millones, que ha venido disminuyendo en los últimos 3 años, que es un llamado de alerta, pero que no implica el colapso ni la crisis del servicio.

4. Las demandas de jubilados y sindicatos

Para superar el déficit, un sector de las asociaciones de jubilados y algunos sindicatos exigen a la Universidad que haga dos pagos. Por un lado, que pague la nómina. Esto es imposible por las siguientes razones. El SSUV es un tipo de servicio de régimen especial que está regido por la Ley 30 de 1992 (Artículo 57) y por la Ley 647 de 2001. Esta Ley, en su artículo segundo, estipula: “b) Administración y financiamiento. El sistema se administrará por la propia Universidad que lo organice y se financiará con las cotizaciones que se establezcan en los términos y dentro de los límites máximos previstos en el inciso 1° del artículo 204 de la Ley 100 de 1993.” (negrilla y cursiva añadidas). Por lo tanto, la Ley estipula que la nómina debe pagarse con cargo a las cotizaciones de los usuarios y a los aportes de Ley de la Universidad. Si un Rector paga la nómina con cargo a los recursos de Fondo Común de la Universidad, será penalizado por los organismos de control (Contraloría, Procuraduría) con destitución o cárcel.

La Resolución 080 de 2004 del Consejo Superior creó el Fondo de Seguridad Social del SSUV y estipuló en su Artículo 2° que dicho fondo se financiaría a partir de 2007 con la contribución de parte de la Universidad del 2% de la nómina de los afiliados al Servicio. Los jubilados han exigido que se pague el 2% de la “nomina” de los jubilados y consideran que la Universidad ha violado su propia normatividad. Sin embargo, la Oficina Jurídica de la Universidad, en varias ocasiones, ha advertido a los rectores que los jubilados, al haber perdido el vínculo contractual con la Universidad, ya no hacen parte de la nómina. Si un Rector transfiere esos recursos también será penalizado por los organismos de control. Esto ha sido objeto de una fuerte controversia normativa, que lleva más de diez años, entre algunas asociaciones de jubilados y la Universidad.

Un sector de las asociaciones de jubilados y algunos sindicatos estiman que la Universidad debe al SSUV por el no pago de la nómina $55.000 millones y por el no pago del 2% de la “nómina” de jubilados $15.000 mil millones, es decir, un total de $70.000 mil millones, que se deberían transferirse al SSUV para superar el déficit. Sin embargo, de transferir estos recursos (que el Alma Máter no tiene) el Rector estaría violando la Ley, y, lo más grave, estaría poniendo en serio riesgo la estabilidad financiera de la Universidad.

El déficit del SSUV no compromete su futuro ni lo hará colapsar de inmediato. Sin embargo, es necesario superarlo y para ello es imprescindible que el Servicio transite de un modelo centrado en la medicación y la curación (que implican mayores costos) hacia otro focalizado en la prevención, que mejore la calidad de vida de los usuarios y disminuya los costos de la medicación y la hospitalización. Para ello, es necesaria una alianza estratégica con el Hospital Universitario del Valle y con la Facultad de Salud de la Universidad, que tiene uno de los mayores talentos del país dedicados a la salud. La Universidad y el SSUV trabajan en esa dirección.

5. Conclusiones 

A. El déficit operacional acumulado del SSUV, que ha disminuido en los tres últimos años, es un llamado de alerta, pero no compromete el futuro inmediato del Servicio.

B. El SSUV se seguirá prestando este año y los próximos, con los altos estándares que hoy lo han posicionado como el mejor servicio universitario de Colombia.

C. La Ley le impide al Rector de la Universidad del Valle pagar la nómina del SSUV y contribuir al Fondo de Seguridad Social con el 2% de la “nomina” de jubilados. En el hipotético escenario de pagar una supuesta deuda de $ 70.000 millones, se pondría en riesgo la estabilidad financiera de la Universidad del Valle.

D. El déficit se supera, transitando de un modelo curativo y centrado en la medicación hacia otro que privilegie la prevención y el mejoramiento del estilo de vida de los usuarios y estableciendo alianzas estratégicas con el HUV y la Facultad de Salud. Con esa perspectiva, trabajan el SSUV y la Dirección Universitaria, que expresan su total compromiso con su Servicio de Salud.

Cali, 12 de mayo de 2018.

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